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vectorial 1 26 de Abril de 2025

Nuevo Reglamento de Extranjería 2025: ¿Cómo afecta a los familiares de ciudadanos españoles?

Nuevo Reglamento de Extranjería 2025: ¿Cómo afecta a los familiares de ciudadanos españoles?

El nuevo Reglamento de Extranjería está ya a la vuelta de la esquina. Si eres extranjero en España, seguramente sabes que el próximo 20 de mayo de 2025 entrará en vigor una reforma que cambiará casi todas las vías de regularización en el país.

Uno de los cambios más relevantes afecta a los familiares de ciudadanos españoles. Es fundamental estar atento para aprovechar las nuevas oportunidades y evitar errores que puedan complicar tu estancia en España.

¿Quiénes son considerados "familiares de ciudadanos españoles"?

  • Cónyuge
  • Pareja de hecho registrada y pareja estable
  • Hijos menores de 26 años (o mayores si dependen económicamente)
  • Padres mayores de 80 años (o menores de 80 si están a cargo)
  • Padre o madre de menor español
  • Cuidador de persona española con algún grado reconocido de dependencia
  • Hijos de españoles de origen
  • Familia extensa a cargo

Importante: La lista de familiares admitidos no cambia demasiado respecto al reglamento anterior, pero el procedimiento de solicitud sí introduce cambios importantes.

¿Dónde y cómo debo presentar la solicitud?

La forma de presentar tu solicitud dependerá de tu situación actual:

1. Familiar fuera de España (y ciudadano español en España)

Se deberá solicitar primero la autorización en la Oficina de Extranjería en España. Una vez aprobada, el familiar podrá solicitar el visado correspondiente para viajar.

(Este sistema se asemeja a una reagrupación familiar y ha generado polémica debido a sus posibles demoras.)

2. Familiar y ciudadano español fuera de España

Si tanto el familiar extranjero como el ciudadano español están en el país de origen, deberán solicitar directamente en el consulado el nuevo visado de Familiar de Ciudadano Español.

(Este visado de nueva creación busca facilitar los trámites en consulados, aunque su aplicación práctica todavía genera incertidumbre.)

3. Familiar y ciudadano español en España

Si ambos ya se encuentran en España, pueden tramitar la autorización ante la Oficina de Extranjería siempre que el familiar esté dentro de estos supuestos:

  • Cónyuge
  • Pareja de hecho registrada
  • Pareja estable
  • Hijos menores de 18 años
  • Progenitores de un menor español
  • Hijos de español de origen
  • Cuidador de español dependiente

Además, gracias a la Disposición Cuarta del nuevo reglamento, si el ciudadano extranjero entró antes del 20 de noviembre de 2024, los ascendientes e hijos mayores de edad podrán solicitar esta autorización sin necesidad de salir de España.

¡Una gran oportunidad para quienes ya están en territorio español!

¿Se podrá trabajar solo con la solicitud presentada?

¡Sí! Una de las grandes novedades del Reglamento de Extranjería 2025 es que podrás trabajar desde el momento en que presentes tu solicitud.

Bastará con disponer del:

  • Resguardo de presentación, o
  • Documento de "Inicio de Trámite" emitido por la Oficina de Extranjería.

Pero atención: esta posibilidad de trabajar desde el inicio solo aplica si la solicitud corresponde a:

  • Cónyuge, pareja registrada o pareja estable.
  • Hijos del español o de su pareja registrada/estable.

Para el resto de familiares (como padres o familiares extensos), será necesario esperar a la resolución favorable.


El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025: una oportunidad para vivir tranquilo en España

El nuevo reglamento abre una puerta de esperanza para muchos familiares de ciudadanos españoles que antes veían el proceso como confuso o inaccesible.

Si estás en esta situación, este es tu momento para dar el paso y vivir tranquilo en España junto a tus seres queridos.


¿Tienes dudas sobre tu caso particular?

En KBM Abogada te acompañamos paso a paso: analizamos tu situación, preparamos tu solicitud correctamente y defendemos tus derechos.

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